Condominio vertical
Decide la asamblea. El trabajo se concentra en cobrar las cuotas, en que las cuentas se entiendan sin necesidad de traducirlas y en que la convivencia no dependa de quién levante más la voz.
Un condominio tiene obligaciones fiscales, contables y laborales propias, y toma decisiones en asamblea que pueden impugnarse cuando se toman mal. LGO Administradores Inmobiliarios administra con la firma legal y la firma contable del mismo grupo detrás.
Rara vez aparece uno solo. Cuando la administración se queda corta, los síntomas se presentan juntos y llevan tiempo acumulándose.
Ninguno de estos síntomas es exclusivo de un tipo de inmueble, pero no todos pesan igual en cada uno.
El interlocutor cambia con el tipo de inmueble, y con él cambia lo que hay que resolver primero.
Decide la asamblea. El trabajo se concentra en cobrar las cuotas, en que las cuentas se entiendan sin necesidad de traducirlas y en que la convivencia no dependa de quién levante más la voz.
Decide la asamblea o el consejo. El peso está en las áreas comunes, la seguridad, el control de accesos y las vialidades internas, que se deterioran cuando nadie las supervisa a diario.
Decide el propietario, el desarrollador o un comité de inversionistas. La conversación es de rentabilidad de la operación: cuota de mantenimiento por metro cuadrado, contratos de arrendamiento y ocupación. La administración se lleva con ese criterio, el de una operación comercial.
El trabajo se organiza en frentes. Esto es lo que el condominio recibe en cada uno.
Llevamos las cuentas del condominio con soporte documental de cada movimiento: ingresos, egresos, saldos y estado del presupuesto, con información mensual que la asamblea puede revisar y cuestionar. Además, el Consejo de Administración cuenta con un tablero en vivo para consultar la situación financiera en cualquier momento, sin esperar al corte del mes.
Damos seguimiento individual a las cuotas pendientes, con recordatorios y contacto directo con quien debe. Cuando el atraso rebasa lo que puede resolver la administración, canalizamos el caso a la firma legal del grupo, que lo atiende como un asunto legal aparte de la administración.
Registramos cada reporte y lo seguimos hasta su cierre, con evidencia de lo que se hizo y de quién lo hizo. El mantenimiento de instalaciones y áreas comunes se programa, en lugar de atenderse solo cuando algo se descompone.
Un canal definido para que los condóminos reporten, pregunten y reciban respuesta, y avisos oportunos de lo que afecta al inmueble. Nadie tiene que perseguir a la administración para enterarse de lo que pasa en su condominio.
Mantenemos ordenado el expediente del condominio: actas, contratos, comprobantes y documentación de la operación. Cuando la asamblea lo solicita, o cuando cambia la administración, la información se entrega completa.
Preparamos las asambleas, las convocamos en forma y levantamos las actas con los acuerdos que efectivamente se tomaron. El proceso lo revisa la firma legal del grupo, para que las decisiones se sostengan si alguien las cuestiona.
Además del informe mensual, el Consejo de Administración consulta en vivo la situación financiera del condominio: lo que entró, lo que está pendiente de cobro y en qué se ha gastado. El acceso es del Consejo de Administración, no de cada condómino.
Trabajamos con el modelo de Mantenimiento Productivo Total, adaptado a la administración condominal. Los proveedores especializados ejecutan —limpieza, seguridad, jardinería, alberca, elevadores— y la administración no ejecuta: supervisa. Esa supervisión es estructurada y queda documentada.
Se documenta qué hay: inventario de activos, estado del inmueble, contratos vigentes con proveedores y la situación financiera y documental con la que arranca la administración. Es la línea base contra la que se mide todo lo demás.
Por cada servicio contratado se define qué debe entregar el proveedor y con qué frecuencia, y se calendariza el mantenimiento preventivo de los activos levantados. Aquí el mantenimiento deja de ser reactivo.
La administración no ejecuta: verifica. Cada servicio se inspecciona contra su lista de verificación, con un resultado de cumplimiento y las observaciones que correspondan.
Lo ejecutado y lo observado queda registrado, con evidencia. Es lo que convierte la supervisión en algo demostrable ante el Consejo y ante la asamblea, en lugar de una opinión.
El Consejo recibe el resultado del ciclo y decide: qué se corrige, qué se renegocia con el proveedor y qué debe subir a asamblea. Entre un ciclo y el siguiente, el tablero mantiene la parte financiera a la vista.
La administración condominal tradicional no documenta porque documentar bien es caro. La tecnología es lo que vuelve costeable ese nivel de trazabilidad.
La administración se lleva en plataformas especializadas, no en hojas de cálculo: estado de cuenta consultable, registro de pagos, canal de comunicación y reportes con historial. Trabajamos con Condovive y Be Resident. Eso es el piso mínimo del oficio, no la diferencia: la diferencia está en lo que se hace encima.
La usamos puertas adentro, sobre los mismos frentes que cubre el alcance del servicio:
La inteligencia artificial asiste; no decide ni administra. Cada decisión, y la responsabilidad que la acompaña, es de la administración y del Consejo de Administración. Nada se entrega sin que una persona lo revise antes.
Una administradora aislada tiene que subcontratar lo que no es operación del inmueble, o dejarlo fuera. Aquí esas piezas están en el mismo grupo.
Contabilidad y cumplimiento fiscal del condominio, incluidas las obligaciones que genera su propio personal.
Asambleas, reglamentos y cobranza judicial. Cuando un adeudo llega a la vía judicial, se atiende como asunto legal aparte de la cuota de administración.
Facturación electrónica de las cuotas de mantenimiento.
Además de administrar, prestamos asesoría en administración condominal a desarrolladoras inmobiliarias.
Lo que detiene a un Consejo no suele ser la decisión, sino el trámite: llevarlo a asamblea, recibir lo que había y no quedar a la deriva mientras tanto. Es un camino que ya hemos recorrido.
La decisión es del condominio y se toma en asamblea. Acompañamos ese proceso, junto con la firma legal del grupo, para que la designación y las formalidades que la hacen válida queden en orden.
La entrega-recepción: información financiera, expediente, contratos con proveedores y la operación del inmueble. Recibimos lo que exista y dejamos constancia de lo que no se entregó, para que el punto de partida quede documentado.
Este acompañamiento está incluido en los honorarios de administración. No se cobra aparte.
La decisión es de la asamblea de condóminos, no de la administración en turno: la asamblea es el órgano supremo del condominio y es quien designa a quien lo administra, en la reunión ordinaria que se celebra al menos una vez al año. El Código Civil del Estado de Jalisco lo establece en sus artículos 1011, 1019 y 1020. En la práctica significa que cambiar de administrador no se tramita con el administrador saliente: se decide en asamblea y desde ahí se ejecuta. En esta misma página explicamos cómo acompañamos ese cambio, en su frente legal y en el operativo.
No. La designación del administrador es facultad de la asamblea, y la asamblea ordinaria se celebra cuando menos una vez al año, dentro del primer trimestre, con ese punto entre los que se resuelven: ahí el condominio ratifica o cambia, sin procedimiento especial y sin tener que argumentar una salida. Cuando además se contratan servicios profesionales de administración, ese contrato no puede exceder de un año y se renueva únicamente mientras la asamblea no determine lo contrario. Entre una asamblea y otra, la vigilancia del desempeño corresponde al Consejo de Administración, que puede pedir informes y cuentas cuando lo estime necesario. El Código Civil del Estado de Jalisco lo establece en sus artículos 1011, 1017 y 1020. Y si hace falta resolverlo fuera de ese periodo, la asamblea puede reunirse en cualquier tiempo: no hay que esperar al año siguiente.
Se entrega. Designada una nueva administración, la saliente tiene un plazo máximo de quince días naturales para entregar la documentación, los estados de cuenta y los valores y bienes que tuviera bajo resguardo; el Código Civil del Estado de Jalisco lo establece en su artículo 1013 bis. Cuando quien sale somos nosotros, entregamos el expediente completo sin condicionarlo: el expediente es del condominio, no de quien lo administra.
Primero con gestión ordinaria: recordatorios, contacto directo y acuerdos de pago cuando son viables. Si el adeudo persiste, el estado de cuenta se convierte en título ejecutivo una vez transcurridos noventa días desde que venció el plazo de pago, siempre que lo suscriba el administrador con la aprobación del presidente del Consejo de Administración; el Código Civil del Estado de Jalisco lo prevé en su artículo 1029. Para llegar ahí se necesitan cuentas en orden y recibos completos, porque sin eso el título no se sostiene. Ese cobro por la vía judicial se atiende como asunto legal aparte de la cuota de administración.
Que la convoque quien está facultado para hacerlo, con la anticipación que marca la ley y con el quórum necesario para instalarse: la convocatoria a asamblea ordinaria pide cuando menos quince días naturales de anticipación y la extraordinaria veinte, y la ordinaria se instala en primera convocatoria con el cincuenta y uno por ciento de los derechos. El Código Civil del Estado de Jalisco lo regula en sus artículos 1022, 1023 y 1025. Por eso una asamblea convocada de prisa deja sus acuerdos expuestos: el fondo puede ser correcto y la forma tumbarlo de todos modos.
Sí, de cualquier tamaño. La ley no distingue: las obligaciones de la asamblea, del administrador y de la contabilidad del condominio son las mismas en un edificio de doce departamentos que en uno de doscientos, y la contribución de cada condómino se determina por el porcentaje que su unidad privativa representa en el condominio, como lo establece el Código Civil del Estado de Jalisco en su artículo 1026. Lo que cambia con el tamaño es el volumen de trabajo, y a eso se ajustan los honorarios.
Si formas parte del Consejo de Administración o eres propietario del inmueble, y lo que leíste describe cómo está administrado hoy, cuéntanos la situación. El siguiente paso es una conversación, no una contratación.
Responde por esta división Edgar Mizhraim Lugo García, Socio Director de Grupo LGO.