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Carta de Confidencialidad para Empleados

La carta de confidencialidad para empleados es el documento por el cual un trabajador se obliga a mantener confidencial los datos de la empresa y de los clientes de la empresa para la cual labora.

Revisado por el equipo jurídico de LGO Abogados

En breve

La carta de confidencialidad para empleados es el documento con el que un trabajador se obliga a mantener en secreto los datos e información de la empresa para la que labora, así como los de sus clientes, sin revelarlos a terceros ajenos a ella. Intervienen el patrón o divulgante, que es quien otorga la información confidencial, y el empleado o receptor, que la recibe. Conviene que precise una duración, generalmente ligada a la vigencia del contrato de trabajo; los términos de confidencialidad y el fin para el que puede usarse la información; los supuestos en que la obligación no aplica; y las sanciones por incumplimiento, que pueden incluir la indemnización por daños y perjuicios y acciones civiles o penales. La obligación se extiende a colaboradores y asociados del empleado. Tiene fundamento en la Ley de la Propiedad Industrial, el Código Penal Federal y la Ley Federal del Trabajo.

¿Qué es?

La carta de confidencialidad para empleados es el documento por el cual un trabajador se obliga a mantener confidencial los datos de la empresa y de los clientes de la empresa para la cual labora.

¿Para qué sirve la carta de confidencialidad para empleados?

Sirve para que el empleado de la empresa con la que firma esta carta de confidencialidad se comprometa a no revelar ningún dato, información, contraseñas de la empresa y de los clientes de la empresa a terceras personas ajenas a la empresa en cuestión.

¿Quiénes intervienen (partes)?

Patrón o divulgante: Persona que revela u otorga información confidencial a su empleado o receptor.

Empleado o receptor: Persona a la que se le revela o se otorga información confidencial por parte de su patrón.

Requisitos de la carta de confidencialidad para empleados:

  • La carta de confidencialidad para empleados debe incluir una duración. La regla general es que la duración de la obligación de confidencialidad del empleado sea equivalente al periodo en el que esté vigente su contrato de trabajo.
  • Debe incluir las sanciones o multas a las que se hace acreedor el empleado por incumplir los términos de confidencialidad de la carta. Al revelar, divulgar o utilizar la información confidencial de forma distinta al objeto que se determine en la carta de confidencialidad, de forma dolosa o por negligencia. La sanción puede ser la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados, además de las acciones civiles o penales que puedan derivarse de dicho incumplimiento.
  • Los términos de confidencialidad que debe cumplir el empleado que tenga acceso a la información confidencial y que le sea divulgada por el trabajo que desempeña dentro de la empresa.
  • La información puede ser proporcionada de forma oral, gráfica, escrita en cualquier tipo de documento. Y esta información solo deberá ser utilizada para el fin que previamente se determine en el objeto de la carta de confidencialidad.
  • La obligación de confidencialidad no se limita solo al empleador que firma la carta sino se hace extensiva a sus colaboradores en el área de trabajo, a sus asociados, y a cualquier persona que derivado de la relación de trabajo que guarde con el empleado, debiera tener acceso a la información clasificada como confidencial.
  • Dentro de la obligación de confidencialidad, el empleado y las personas mencionadas en el punto anterior, no podrán reproducir, modificar, hacer pública o divulgar a terceros la información confidencial sin la previa autorización que se realice por escrito por parte del patrón o divulgante.
  • El empleado deberá adoptar las mismas medidas de seguridad respecto de la información confidencial a la que tiene acceso. Como si fuera información de su propia empresa, para evitar la pérdida, robo o substracción.
  • La carta también deberá contener en que supuestos no aplica la obligación de confidencialidad.
  • Las partes deberán devolverse cualquier documentación, antecedentes, copias, tanto física como en electrónico que hayan recibido y se considere información confidencial.

Dudas frecuentes:

¿Puedo incurrir en un delito al incumplir mi obligación de confidencialidad?

Sí, estarías cometiendo el delito de revelación de secretos contemplado en el artículo 210 del Código Penal Federal en México.

¿Con qué documento lo puedo confundir?

La carta de confidencialidad para empleados se puede confundir con el Memorándum de Entendimiento. El cual generalmente no tiene efectos legales y sirve para que dos o más personas establezcan la intención de emprender algún negocio en común, o bien establecer el deseo de iniciar una relación de trabajo.

Aviso importante. Los documentos que se generan mediante este asistente son formatos base de carácter general y orientativo; no constituyen asesoría jurídica ni un documento revisado para tu caso particular. Cada situación tiene particularidades que pueden requerir ajustes legales; para asegurar su validez y conveniencia, consulta con un abogado de LGO Abogados. El uso del documento, así como las consecuencias de su llenado, firma o aplicación, son responsabilidad exclusiva del usuario. Al utilizar este servicio aceptas los Términos y Condiciones.