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Contrato de Compraventa de Contado

El contrato de compraventa de contado es el documento por el cual se establecen los términos y condiciones bajo los cuales una persona vende a otra un bien o producto a un precio cierto.

Revisado por el equipo jurídico de LGO Abogados

En breve

El contrato de compraventa de contado es el documento por el cual una persona vende a otra un bien o producto determinado a un precio cierto, obligándose a entregarlo, mientras que la otra parte se obliga a pagar ese precio al momento de recibirlo. Sirve para vender y adquirir bienes cuando el pago se realiza al momento de la entrega y no se difiere después con intereses, como ocurriría en una compra a crédito. Intervienen el vendedor, actual propietario del bien, y el comprador, interesado en él. El vendedor debe entregar la cosa vendida, garantizar sus calidades y dar un recibo; el comprador debe pagar en el tiempo, lugar y forma convenidos, sin que sea necesario hacerlo en efectivo, pues puede usarse cheque, tarjeta de débito o transferencia, entre otras opciones. Se rige por el Código Civil Federal.

¿Qué es?

El contrato de compraventa de contado es el documento por el cual se establecen los términos y condiciones bajo los cuales una persona vende a otra un bien o producto a un precio cierto. Se obliga a la entrega del mismo a otra persona que al momento en que se le entrega el bien o producto se obliga al pago del precio cierto del mismo.

¿Para qué sirve el contrato de compraventa de contado?

Sirve para una persona pueda vender bienes o productos y otra pueda adquirir los mismos en donde el pago se realiza al momento de la entrega y no se abona después con intereses como se hace en una compra venta a crédito.

¿Quiénes intervienen (partes)?

Vendedor: actual propietario del bien.

Comprador: persona interesada por el bien.

Requisitos del contrato de compraventa de contado:

  • Objeto: Bien y producto, cosa a vender, determinada.
  • Precio: Cantidad a pagar por el bien o producto, el precio debe ser cierto.
  • El vendedor está obligado a entregar la cosa vendida, a garantizar las calidades de las cosas y a prestar la evicción. No está obligado a entregar la cosa vendida si el comprador no ha pagado el precio.
  • El comprador está obligado a pagar la cosa comprada en el tiempo, lugar y forma convenidos, no es necesario que sea en efectivo, puede hacerse mediante cheque, tarjeta de débito o transferencia bancaria, entre otras alternativas.
  • Los gastos de la entrega de la cosa vendida son a cuenta del vendedor, y los de transporte a cargo de comprador salvo convenio en contrario.
  • La entrega de la cosa vendida debe hacerse en el lugar convenido, y si no se convino lugar deberá hacerse la entrega en el lugar donde se vendió.
  • El vendedor deber dar un recibo de la compraventa al comprador como justificante de que se ha recibido esa cantidad determinada.

Dudas frecuentes:

¿Solo debe pagarse en efectivo o se permiten otras formas de pago al contado?

Puede pagarse en efectivo o puede hacerse mediante cheque, tarjeta de débito o transferencia bancaria, entre otras alternativas.

¿Con qué documento lo puedo confundir?

Con el contrato de Compraventa a plazos. Realmente la única diferencia que existe entre estos dos contratos es que, en la compraventa a plazos, los pagos se realizan en varias exhibiciones, mientras que en el de contado es un sólo pago.

Aviso importante. Los documentos que se generan mediante este asistente son formatos base de carácter general y orientativo; no constituyen asesoría jurídica ni un documento revisado para tu caso particular. Cada situación tiene particularidades que pueden requerir ajustes legales; para asegurar su validez y conveniencia, consulta con un abogado de LGO Abogados. El uso del documento, así como las consecuencias de su llenado, firma o aplicación, son responsabilidad exclusiva del usuario. Al utilizar este servicio aceptas los Términos y Condiciones.