La reducción es gradual. Hoy, en 2026, se mantienen las 48 horas semanales. A partir del 1 de enero de 2027, se reducirá a 46; luego a 44 en 2028, a 42 en 2029 y finalmente a 40 horas en 2030. El calendario parece cómodo. Las obligaciones operativas no lo son.
Hay una obligación que entra en vigor el 1 de enero de 2027 y que pocas empresas están atendiendo hoy: el registro electrónico de la jornada laboral. La ley exige que cada patrón registre el horario de inicio y fin de jornada de cada trabajador, en formato electrónico, y lo ponga a disposición de la autoridad cuando esta lo requiera. No cumplir con este requisito puede derivar en multas de entre 29 mil y 586 mil pesos.
La reforma también redefine el costo real de las horas extraordinarias. Las primeras doce horas adicionales a la semana se pagan con un cien por ciento de recargo sobre el salario ordinario; las horas que excedan ese límite se cubren con un doscientos por ciento adicional. Esto no es nuevo en su espíritu, pero sí en su aplicación: con jornadas más cortas, cualquier exceso se vuelve tiempo extraordinario con mayor rapidez.
Dos puntos que la ley deja muy claros: la reducción de jornada no implica en ningún caso reducción de salario ni de prestaciones, y el trabajador tiene derecho a al menos un día de descanso con goce de salario por cada seis días laborados.
Para muchas empresas, el impacto real de esta reforma no estará en el número de horas, sino en la ausencia de una estructura documental y tecnológica que soporte el cumplimiento. El momento de revisar contratos, reglamentos internos y sistemas de control de asistencia no es cuando llegue la visita de inspección.
En Grupo LGO acompañamos a las empresas en la revisión de su estructura laboral frente a este nuevo marco normativo. No prometemos resultados: garantizamos método y criterio profesional.
¿Tu empresa ya tiene claridad sobre cómo le impacta esta reforma?
— Edgar Mizhraim Lugo García | Socio Grupo LGO - LGO Abogados & Consultores contacto@lgo.mx | 33 1876 1361
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