El pasado 1 de mayo de 2026 se publicó la reforma a la Ley Federal del Trabajo que reglamenta la reducción gradual de la jornada máxima semanal. El primer ajuste opera a partir del 1 de enero de 2027, cuando la jornada pasará de 48 a 46 horas semanales. A partir de entonces, cada año trae una reducción adicional: 44 horas en 2028, 42 en 2029 y 40 en 2030.

Lo relevante no es solo el horizonte de 2030. La norma ya establece obligaciones inmediatas para los patrones. Ningún trabajador puede ver reducidos su salario, sus prestaciones ni sus beneficios como consecuencia de la reducción de horas; la ley es explícita en ese punto. Además, todos los empleadores deberán implementar un registro electrónico de jornada para la totalidad de su plantilla laboral y queda prohibido el trabajo extraordinario para menores de 18 años.

Muchas empresas asumen que el tema está lejos porque la reducción efectiva comienza en 2027. Ese razonamiento es incorrecto. Las obligaciones sobre registro de jornada y protección de beneficios son exigibles desde ahora. Quien no revise su estructura contractual, sus políticas de nómina y sus sistemas de control de asistencia antes de diciembre de 2026 llegará a la primera etapa de reducción sin los instrumentos necesarios para cumplir.

El impacto varía según el sector, el tamaño de la empresa y la distribución actual de turnos. Algunos negocios deberán reorganizar cargas de trabajo sin incrementar personal; otros enfrentarán presiones en su costo laboral que conviene modelar con anticipación. En ambos casos, la revisión preventiva marca la diferencia entre una transición ordenada y un ajuste reactivo.

El derecho laboral mexicano atraviesa una de sus transformaciones más profundas en décadas. Anticiparse no es un lujo de las empresas grandes; es la gestión básica del riesgo jurídico que cualquier negocio responsable debe incorporar hoy.

¿Ya tiene su empresa un diagnóstico del impacto de esta reforma en su estructura de personal y en sus contratos de trabajo?

Edgar Mizhraim Lugo García | Socio Grupo LGO - LGO Abogados & Consultores contacto@lgo.mx | 33 1876 1361

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