Las reformas al Código Fiscal de la Federación, específicamente los artículos 29-A y 49 Bis, le dan al Servicio de Administración Tributaria facultades para realizar visitas domiciliarias express sin previo aviso. Pueden presentarse en tu negocio, oficina, bodega o incluso tu domicilio fiscal con abogados y equipos de grabación. Lo que levanten ahí puede usarse como evidencia directa.

No es una amenaza abstracta. Es el marco legal vigente este año.

¿Qué revisan exactamente? Dos conceptos que todo empresario debe tener claros: materialidad y trazabilidad. Materialidad significa demostrar que una operación realmente ocurrió: que el servicio se prestó, que la mercancía existió, entró al inventario y fue vendida. Trazabilidad significa que la autoridad puede seguir el rastro de cada operación: quién vendió, cuándo se recibió, cómo se entregó y a quién. Si tu contabilidad no puede responder esas preguntas con documentos, tienes un problema.

La autoridad ha definido once conductas que activan una revisión: operar con empresas emisoras de comprobantes fiscales digitales apócrifos, declarar pérdidas fiscales recurrentes sin justificación económica, simular o abusar de deducciones, reportar ingresos por debajo de los reales, abusar de estímulos fiscales, presentar inconsistencias entre compras e importaciones frente a ventas, entre otras.

Importa aclararlo: el Servicio de Administración Tributaria no hará visitas masivas. En 2026, el universo auditado se estima en aproximadamente 16,200 contribuyentes, el 0.02% del padrón. Pero eso no significa que tu empresa esté automáticamente fuera del radar. Si alguna de esas once conductas aplica a tu operación, real o aparentemente, el riesgo existe.

La respuesta no es el pánico. Es la preparación. Revisar tu contabilidad de forma preventiva, asegurarte de que tus comprobantes fiscales digitales soporten la realidad de tus operaciones y documentar adecuadamente tus deducciones y estímulos es lo que marca la diferencia entre un proceso manejable y uno que escala.

¿Tu empresa tiene hoy la documentación lista para responder una visita del Servicio de Administración Tributaria?