Lo que muchas empresas todavía no dimensionan es que esta reforma no solo protege al trabajador: también crea una obligación patronal concreta. El artículo 132, fracción XXXIV de la Ley Federal del Trabajo establece que los patrones deben emitir una política interna de desconexión digital, dirigida a toda la plantilla, que regule el uso de plataformas de comunicación como correo electrónico, WhatsApp y llamadas telefónicas fuera del horario de trabajo.

Esto no es voluntario. Es una obligación con consecuencias. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social es la autoridad competente para vigilar el cumplimiento y puede imponer multas calculadas en Unidades de Medida y Actualización, que van de 4,811 a 24,055 pesos por cada trabajador afectado. Para empresas con plantillas medianas o grandes, el riesgo acumulado es significativo.

En la práctica, cumplir con esta reforma implica más que redactar un documento y archivarlo. Requiere revisar los contratos individuales de trabajo, actualizar los reglamentos interiores, capacitar a mandos medios y documentar los mecanismos de comunicación existentes. En organizaciones con trabajadores en modalidad remota o mixta, la complejidad aumenta.

Desde LGO Abogados asesoramos a empresas en la estructuración e implementación de estas políticas, asegurando que los documentos tengan solidez jurídica y sean auditables ante una eventual inspección laboral.

Si tu empresa aún no tiene lista su política de desconexión digital, el momento de atenderlo es ahora.