Lo que muchas empresas todavía no dimensionan es que esta reforma no solo protege al trabajador: también crea una obligación patronal concreta. El artículo 132, fracción XXXIV de la Ley Federal del Trabajo establece que los patrones deben emitir una política interna de desconexión digital, dirigida a toda la plantilla, que regule el uso de plataformas de comunicación como correo electrónico, WhatsApp y llamadas telefónicas fuera del horario de trabajo.

Esto no es voluntario. Es una obligación con consecuencias. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social es la autoridad competente para vigilar el cumplimiento y puede imponer multas calculadas en Unidades de Medida y Actualización, que van de 4,811 a 24,055 pesos por cada trabajador afectado. Para empresas con plantillas medianas o grandes, el riesgo acumulado es significativo.

En la práctica, cumplir con esta reforma implica más que redactar un documento y archivarlo. Requiere revisar los contratos individuales de trabajo, actualizar los reglamentos interiores, capacitar a mandos medios y documentar los mecanismos de comunicación existentes. En organizaciones con trabajadores en modalidad remota o mixta, la complejidad aumenta.

Desde LGO Abogados asesoramos a empresas en la estructuración e implementación de estas políticas, asegurando que los documentos tengan solidez jurídica y sean auditables ante una eventual inspección laboral.

Si tu empresa aún no tiene lista su política de desconexión digital, el momento de atenderlo es ahora.

¿Tu organización ya tomó medidas al respecto, o sigue postergando el cumplimiento?


Edgar Mizhraim Lugo García | Socio Grupo LGO - LGO Abogados & Consultores contacto@lgo.mx | 33 1876 1361

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