El 3 de marzo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma la Constitución para iniciar la reducción gradual de la jornada máxima de trabajo. No ocurre de un día para otro: el ajuste es progresivo, de 2026 a 2030, con una reducción de dos horas por año. Sin embargo, el periodo de transición —desde el 1 de mayo hasta el 31 de diciembre de 2026— ya está en curso, y las empresas tienen obligaciones concretas que cumplir antes de que arranque la primera reducción en enero de 2027.

¿Qué deben hacer los empleadores durante este período?

Lo primero es revisar los contratos individuales y colectivos vigentes. Si la jornada pactada excede las cuarenta y seis horas que regirán a partir del 1 de enero de 2027, el contrato necesita ajustarse. No se puede reducir el salario ni las prestaciones del trabajador como consecuencia de este ajuste: la ley es explícita al respecto.

Lo segundo es implementar —o actualizar— el sistema de registro electrónico de asistencia. La reforma no solo reduce horas: impone mayor fiscalización patronal y establece nuevos protocolos de control de horas extra. Una empresa sin control electrónico de jornada queda expuesta a contingencias laborales que hoy son evitables.

Lo tercero es revisar reglamentos internos, políticas de turnos y esquemas de pago de tiempo extraordinario. Las empresas que trabajan con múltiples turnos o con personal de confianza necesitan un diagnóstico específico para cada caso.

La pregunta que me hace más de un empresario es: ¿tengo tiempo? Sí, pero ese tiempo ya empezó a correr. El ajuste que parece lejano —cuarenta horas en 2030— tiene hitos intermedios que comienzan en siete meses.

Si tu empresa aún no ha iniciado esta revisión, el momento es ahora.